jueves, 28 de junio de 2012

Crisis Financiera Internacional



Este artículo nos da una breve reseña del origen de la crisis del año 2008, en los Estados Unidos, que derivó en la crisis financiera que afectó a todo el mundo. Los expertos dicen que aún no hemos salido de la crisis y prueba de ello es la situación que se está viviendo en Europa y su Zona Euro y los síntomas de desaceleración que comienza a mostrar China, el gigante asiático.

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ANALISIS SOBRE LA INCIDENCIA DEL IMPUESTO DEL 2x1000 A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS



En el año de 1998, en el mes de noviembre, en vista de la crisis financiera que presentó nuestro país, el Gobierno de ese entonces decidió crear un mecanismo para ayudar al sector a salir de la crisis. Dicho mecanismo consistió en crear un impuesto a las transacciones financieras llamado El Impuesto del 2 x 1000. Por los resultados obtenidos, el impuesto pasó de ser un impuesto temporal a uno permanente hasta el día de hoy, con la diferencia que ya no se llama Imuesto del 2 x 1000, sino Impuesto del 4 x 1000.

En este artículo, conocerán más a fondo lo orígenes y aplicaciones del impuesto. Para acceder al artículo, hagan click aquí

miércoles, 27 de junio de 2012

Estructura del Sistema Financiero Colombiano



El Estatuto Orgánico del Sistema Financiero establece la siguiente estructura general del sector financiero y asegurador.
Divide las entidades que lo integran en las siguientes categorías:
1.      Establecimientos de crédito.
2.      Sociedades de servicios financieros.
3.      Sociedades de capitalización.
4.      Entidades con régimen especial.
5.      Entidades aseguradoras.
6.      Intermediarios de seguros y reaseguros.
7.      Sociedades de servicios técnicos y administrativos.
La propia ley define las actividades que pueden o no realizar estas entidades. Por esta razón, las entidades financieras que conforman el sector financiero y asegurador en Colombia tienen un objeto social reglado, es decir, que está limitado por la ley.
Establecimientos de crédito
Son aquellos que tienen como función principal la intermediación, es decir, la captación de recursos del público en moneda legal, a través de depósitos a la vista o a término, para su posterior colocación mediante préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito. Las siguientes son las entidades que se consideran establecimientos de crédito:
·        Establecimientos bancarios: Su función principal es la captación de recursos en cuenta corriente, bancaria o en otros depósitos a la vista o a término, con el fin de realizar operaciones activas de crédito.
·        Corporaciones de ahorro y vivienda:1 Aunque, como desarrollo de la disposición contenida en la Ley 546 de 1999, las corporaciones de ahorro y vivienda se convirtieron en bancos comerciales, en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero se conserva su definición: Inst ituciones que tenían como función principal la captación de recursos para realizar operaciones activas de crédito hipotecario de largo plazo.
·        Corporaciones financieras: Su función principal es la captación de recursos a término, a través de depósitos o de instrumentos de deuda a plazo, con el fin de realizar operaciones activas de crédito y efectuar inversiones; esto con el objeto primordial de fomentar o promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de empresas en el sector real de la economía.
·        Compañías de financiamiento: Su función principal es captar recursos a término, con el objeto de realizar operaciones activas de crédito para facilitar la comercialización de bienes y servicios, y realizar operaciones de arrendamiento financiero o leasing. Esto implica que la captación de recursos que efectúan se utiliza para la satisfacción de la demanda de créditos de consumo.
·        Cooperativas financieras: Organismos cooperativos especializados cuya función principal consiste en la intermediación; sin embargo, por tener una naturaleza jurídica distinta, su funcionamiento se rige por las disposiciones de la Ley 79 de 1988. En todo caso, las operaciones que realicen se rigen por lo previsto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que les sean aplicables.

Sociedades de servicios financieros
Aunque la ley no define de manera general su actividad, establece que tienen por función la realización de las operaciones previstas en el régimen legal que regula su actividad. En todo caso, estas entidades no se dedican a realizar actividades de intermediación, sino a la asesoría especializada en el manejo de recursos. Adicionalmente, el régimen de inversiones de los establecimientos de crédito los autoriza a efectuar inversiones en este tipo de entidades. Éstas son:
·        Sociedades fiduciarias: Su actividad está encaminada a la realización de operaciones de fiducia mercantil y a la celebración de contratos de fiducia.
·        Almacenes generales de depósito: Son aquellas entidades que se encargan de custodiar mercancías sobre las que se expiden certificados de depósito, que son títulos valores negociables por sus propietarios.
·        Sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías: Como su nombre lo indica, su objeto principal consiste en la administración de los aportes que los empleadores y los trabajadores efectúan por concepto de pensiones y de cesantías.
·        Sociedades de Intermediación Cambiaria y de Servicios Financieros Especiales: La reforma financiera del 2009 estableció que, en adelante, las casas de cambio se denominarán sociedades de servicios financieros. Además, les autorizó la realización de pagos, recaudos, giros y transferencias nacionales en moneda nacional y pueden ser corresponsales no bancarios.

Sociedades de capitalización

Su función consiste en estimular el ahorro, mediante la constitución, en cualquier forma, de capitales determinados, a cambio de desembolsos únicos o periódicos, con posibilidad o sin ella de reembolsos anticipados por medio de sorteos. Estas entidades no realizan actividades de intermediación, sino que se dedican únicamente a estimular el ahorro en la sociedad.

Entidades con régimen especial

Son entidades financieras cuya creación y funcionamiento se encuentran establecidos en normas especiales. Findeter, Finagro, Fondo Nacional de Garantías, etc. son ejemplos de ellas.

Entidades aseguradoras

Lo son las compañías y las cooperativas de seguros y de reaseguros.

Intermediarios de seguros e intermediarios de reaseguros

Los corredores, las agencias, los agentes y los intermediarios de reaseguros son quienes realizan actividades de corretaje de seguros y de reaseguros.

Sociedades de servicios técnicos y administrativos

Su actividad se concentra en la realización de operaciones complementarias o de apoyo a las actividades de prestación de servicios financieros; las entidades financieras están autorizadas a invertir en ellas.
Una vez el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero determina cuáles son las entidades pertenecientes al sector, establece los objetivos de la intervención del Gobierno Nacional en la actividad financiera, aseguradora y las demás relacionadas con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público; posteriormente determina las facultades con que cuenta el Gobierno Nacional para intervenir en dichas actividades.
Entre estas facultades se destacan las siguientes:
·        Autorizar las operaciones que pueden realizar las entidades financieras.
·        Fijar los plazos de las operaciones autorizadas.
·        Establecer las normas para que las entidades mantengan adecuados niveles de patrimonio.
·        Dictar normas que amplíen los mecanismos de regulación prudencial.
·        Establecer normas tendientes a la prevención del lavado de activos en las entidades.

Normas relativas al funcionamiento de las instituciones financieras

Debido a la importancia de la actividad financiera, para establecer una entidad financiera en el país es necesario recibir autorización expresa y previa por parte de la Superintendencia Financiera. Para ello, es condición que estas entidades sean sociedades anónimas mercantiles o asociaciones de naturaleza cooperativa. Asimismo, la correspondiente autorización se otorgará siempre y cuando cumplan con los requisitos de viabilidad, capitales mínimos según el tipo de entidad, idoneidad y solvencia patrimonial de los accionistas y de los administradores. Después, se determina el régimen patrimonial aplicable a estas entidades. En dicho régimen se imponen unos requisitos mínimos de capital que, como se mencionó, deben ser acreditados al momento de la constitución de la respectiva entidad y mantenidos durante todo su funcionamiento.
El Estatuto incorpora, también, normas referentes a la propiedad accionaria de las entidades, a la protección al consumidor, al régimen de oficinas y a la prevención de actividades delictivas, especialmente en lo relativo al lavado de activos.
El régimen de inversiones contiene dos tipos de inversiones: las que están expresamente autorizadas a los establecimientos de crédito y aquellas que son de carácter obligatorio.
Más adelante, el Estatuto regula lo concerniente a las operaciones que se encuentran expresamente autorizadas a las distintas categorías de entidades financieras, y, finalmente, se refiere al régimen sancionatorio, de cuya aplicación se encarga la Superintendencia Financiera.

1 El artículo 5 de la Ley 546 de 1999 estableció que estas entidades tendrían la naturaleza de bancos comerciales, y les otorgó un plazo de treinta y seis meses para hacer las adecuaciones necesarias, el cual se venció en el 2002.

martes, 26 de junio de 2012

Historia del Sistema Financiero Colombiano






Por Carlos Caballero Argáez
Director Escuela de Gobierno Alberto Lleras Camargo de la Universidad de los Andes.
La historia del sector financiero en un país está siempre ligada a la de su sociedad y su economía. Por ello, la nuestra responde a la de la evolución de las ideas y de la economía colombiana a lo largo de doscientos años de vida independiente. Se inicia con los rudimentarios esquemas de crédito heredados de la Colonia y termina con el refinado sistema actual, después de vivir las experiencias de la banca libre, de la banca centrada en la operación de corto plazo, de la banca de fomento, de la banca estatal y de la banca especializada, hasta llegar a la banca universal de hoy en día.
En la Colonia hubo mecanismos de ahorro y crédito. Hubo, desde luego, quien recibía dinero a interés y lo prestaba para ganarse el margen de intermediación. La Iglesia Católica, confundida con la Corona española, estableció maneras para otorgar crédito a través de una especie de hipoteca de los inmuebles: la “capellanía”, mediante la cual algunos bienes quedaban sujetos al cumplimiento de misas y de otros compromisos religiosos.
La idea de establecer un banco estatal, para financiar al gobierno, se plasmó por primera vez en el Congreso Constituyente de Cúcuta en 1821, pero no prosperó. Al nacer la República el crédito público dependió de los préstamos de los comerciantes antioqueños al gobierno central, de las contribuciones forzosas y de los empréstitos ingleses. En 1833, una ley consideró que la actividad bancaria formaba parte de la comercial; en 1839, Judas Tadeo Landinez constituyó en Bogotá un establecimiento mercantil y financiero que un par de años más tarde se convirtió en una compañía de “giro y descuento”. Un banco privado que, al sobre extenderse en la compra de vales del gobierno y en distintas inversiones, dio lugar a la primera bancarrota en la historia del país.
La banca comercial propiamente dicha se iniciaría en los años sesenta del siglo XIX cuando la economía comenzó a vincularse con el extranjero a través de las exportaciones agrícolas. Se implantó el modelo conocido como de “banca libre” bajo el cual, en ausencia de un banco central y de la regulación estatal, los mismos bancos eran responsables de que se mantuviera la confianza del público en los billetes convertibles en oro, que emitían en un ambiente de libre competencia. En 1870 se creó el Banco de Bogotá y en 1874 el Banco de Colombia.
El período de la “banca libre” pura duró poco tiempo. En 1880, la ley autorizó al presidente Núñez para organizar el Banco Nacional como agente financiero del gobierno central; los bancos privados fueron obligados en ese momento a aceptar los billetes emitidos por el Banco Nacional. Este nunca fue un banco central; fue un banco del gobierno, que le prestaba dinero y que comenzó a emitir billetes sin respaldo en oro lo que habría de provocar un escándalo político de grandes dimensiones. En los años noventa el gobierno decidió cerrarlo. Vino después la Guerra de los Mil Días y un gran desorden monetario que desembocó en la hiperinflación de principios del siglo XX.
Solamente hasta 1923 el gobierno del presidente Pedro Nel Ospina invitó a una misión extranjera, presidida por el profesor Edwin Kemmerer de la Universidad de Princeton en los Estados Unidos para que organizara la moneda y las finanzas públicas nacionales; se creó en ese año el Banco de la República. En 1923 se creó, también, la Superintendencia Bancaria para regular y supervisar el incipiente sistema bancario nacional, que ya se había visto apuntalado por el establecimiento en Colombia de sucursales de bancos extranjeros, como el First National Citibank, el Royal Bank of Canada o el Banco Francés e Italiano.
El banco central de emisión era una necesidad para la expansión de la economía. A partir de 1923 comenzaron a entrar los US$25.0 millones provenientes de la indemnización que el gobierno de los Estados Unidos reconoció al de Colombia por la pérdida de Panamá, que había ocurrido en 1903, lo cual abrió el crédito externo para el país. La producción y las exportaciones de café se incrementaban aceleradamente y había comenzado un proceso de industrialización y de urbanización.
En 1928 se crearía la Bolsa de Bogotá para apoyar la capitalización de las empresas manufactureras y los mismos bancos. Los bancos comerciales se concentraron hasta los años cincuenta en el crédito de corto plazo para agricultores e industriales. En los principios de los años treinta, se crearon dos entidades bancarias que habrían de convertirse en emblemas colombianos en el siglo XX: La Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero y el Banco Central Hipotecario. Ambas se liquidaron setenta años más tarde, como consecuencia de la crisis financiera de fin de siglo.
El crédito de largo plazo, para inversión en la industria y en la agricultura, no sería realidad sino hasta 1951 cuando una reforma financiera permitió que los bancos comerciales obtuvieran recursos para ese fin en el Banco de la República. Se inició en ese año la era del crédito de “fomento”, que se prolongaría hasta 1991.
En la primera mitad de los años cincuenta se fundaron los bancos estatales orientados a la financiación de sectores específicos, como el Popular, el Ganadero y el Cafetero. Y a finales de esa década y principios de la del sesenta hicieron su aparición las corporaciones financieras con el objeto de realizar inversiones en los sectores productivos. Los empresarios se juntaron para fundar corporaciones; surgieron así la Colombiana –única que existe en la actualidad–; la Nacional, en Medellín; la del Valle, en el Valle del Cauca; la del Norte, en Barranquilla, y la de Caldas, en Manizales.
Y en la década de los años setenta se autorizó la creación de otra entidad especializada, esta vez en la captación de recursos de ahorro para destinarlos a la construcción de vivienda: las corporaciones de ahorro y vivienda, eje del sistema de ahorro de valor constante, que se conoció hasta fines del siglo como el sistema UPAC. Los nombres de estas entidades se popularizaron rápidamente, como Davivienda, Granahorrar, Concasa, Conavi, Corpavi, Colpatria, Colmena o Ahorramás. A finales de los setenta, por último, se formalizaron los intermediarios financieros extra bancarios, dedicados a la financiación de crédito de consumo, al transformarse en compañías de financiamiento comercial.
El sistema financiero se fue conformando a partir de los años cincuenta del siglo XX como uno de entidades especializadas en la financiación de los distintos sectores. En los años noventa, sin embargo, se inició la transición hacia un sistema de banca universal, centrado en los bancos comerciales. Las crisis financieras –la de los ochenta y la de fin de siglo, la más profunda de todas– dieron lugar a procesos de cierre de entidades y de fusiones y adquisiciones entre ellas, lo cual facilitó la consolidación y el reforzamiento del sistema en los principios del siglo XXI. La apertura a la inversión extranjera en el sector financiero de los años noventa impulsó, igualmente, la transformación del sector financiero en Colombia.
En la actualidad el sistema financiero colombiano cuenta con un menor número de entidades, las entidades especializadas prácticamente han desaparecido y la regulación, supervisión y vigilancia de las existentes permiten que se mantenga la confianza del público en esas entidades, a pesar de la frecuente crítica de la cual son objeto, en todo el mundo, los bancos comerciales. Se transitó por un largo camino, lleno de dificultades y obstáculos, hasta llegar a la sólida y eficiente organización financiera de hoy en día.

Dolarización: Solución o maquillaje?




La dolarización; ¿solución o maquillaje?
Como consecuencia de la revaluación del peso colombiano, algunas personas han considerado la posibilidad de dolarizar la economía como solución al problema de le “fortalecimiento del peso”. Esta, aunque bien podría ser una solución, no es una solución que busque combatir el origen y la causa de la revaluación. Al dolarizar la económica, si bien desaparece el problema de la revaluación, no desaparecen las causas, y quizás tampoco las consecuencias. Es como cuando se sufre de cáncer y el paciente se trata con analgésicos; el dolor desaparece pero el cáncer sigue presente y desarrollándose.

Concepto de dolarización
La dolarización consiste en que la moneda de un país es reemplazada por el dólar, es decir, que la moneda local es retirada de circulación y reemplazada por el dólar, lo cual significa que todas las operaciones económicas y comerciales se realizaran en dólares. Todas las transacciones llevadas a cabo en un país dolarizado se realizarán totalmente en dólares.

La dolarización como solución al problema de la revaluación del peso
En los últimos meses, el peso colombiano ha sufrido una fuerte revaluación, lo que le presentado un grave problemas a los exportadores y ha significado la quiebra de algunos de ellos, con la consiguiente perdida del empleo.
Al revaluarse el peso, el exportador recibe menos pesos por cada dólar exportado lo que afecta sus ingresos. La revaluación en los últimos días ha sido superior al 15%, lo que significa que los ingresos de los exportadores han disminuido en ese mismo porcentaje lo cual es un problema grave para el empresario.
Ante este problema, es evidente que se requiere implementar medidas para contrarrestar el problema y sus consecuencias, para lo cual el estado dispone de diferentes herramientas como son la Política cambiaria, la Política monetaria, la Política fiscal y la misma Política económica. La revaluación es consecuencia del manejo que se de a las anteriores políticas y la solución debe provenir de las mismas, que son las causantes del problema, y por consiguiente es con base a ellas que se deben dirigir las posibles soluciones.
Si bien la dolarización es una posible solución al problema, no ataca la raíz del problema, es simplemente un “paño de agua tibia” es maquillar el problema, o peor, es evitar o eludir el problema.
Al dolarizar ya no habrá que preocuparse por que el exportador reciba más o menos pesos, pues el fenómeno de la revaluación desaparece al desaparecer la moneda local, pero poco se consigue si las políticas de estado siguen siendo equivocadas.
Aunque en principio parezca una buena solución, a largo plazo puede resultar contraproducente en la medida en que el estado pierde el control de la moneda, toda vez que el manejo del dólar depende de las políticas que fije Estados unidos, y esas políticas se implementarán sin tener en cuenta la realidad económica del país que ha adoptado el dólar como su moneda, lo que a la postre puede arruinar la economía del país que ha optado por dolarizar la economía en lugar de enfrentar y solucionar sus problemas.

Si no se ha podido solucionar el problema cuando el estado tiene el control de su moneda, cuando tiene los elementos y las herramientas necesarias para hacerle frente, muy seguramente tampoco podrá solucionar cualquier problema que surja en una economía dolarizada, cuando el manejo del dólar depende de otro país que poco le importa los problemas que pueda tener Colombia. Dolarizar la economía puede es sencillamente renunciar a las herramientas que tenemos para solucionar nosotros mismos el problema. Es entregarle la solución de los problemas a otro país que no hará nada por solucionarlo, es renunciar a la solución de nuestros problemas.
Las causas de la revaluación están en Colombia y se deben solucionar aquí, pues Estados unidos no lo hará. Dolarizar la economía es sencillamente reconocer nuestra incapacidad de manejar la economía, es tomar el camino fácil y comprometer aun más el futuro económico del país.
Por otro lado, la dolarización en la mayoría de los casos se ha implementado para combatir otro tipo de problemas como es la inflación, y aunque en Colombia se empiezan a ver síntomas inflacionarios estos están lejos de considerarse un verdadero problema. Aun es posible manejar un índice de inflación de un digito, algo que no amerita desde ningún punto de vista una posible dolarización.

LAS MULTILATERALES Y LA CRISIS ASIATICA (1997-2000): LA VISION DESDE UN PAIS USUARIO (COLOMBIA)




Mucho se ha hablado del papel de las llamadas entidades multilaterales en el desarrollo y sostenimiento de los países, especialmente los tercermundistas. En este documento, que trata sobre la crisis asiática del año 1997, podrán ver y analizar el rol de dichas entidades.
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Hacia la Multibanca en Colombia













El Sistema Financiero Colombiano, ha evolucionado? se ha quedado rezagado frente a los sistemas financieros de otros países?. en el presente documento podrán analizar y responder a estas preguntas. 
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Dolarización: El caso colombiano



A raíz de la crisis de finales de los años 90 en nuestro país, se ha hablado , por encima, sobre si es conveniente o no dolarizar nuestra economía. Muchas son las opiniones de expertos sobre el tema, y muchos difieren de la conveniencia o no de hacerlo.

 En este documento publicado por el Dr. Sergio Clavijo, ex- codirector del Banco de la República, se encuentran algunas consideraciones al respecto. 




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